CALENDARIO FIESTAS LOCALES PARA EL AÑO 2017.
El artículo 37.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE del 24), así como el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, en redacción dada a este artículo por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre (BOE del 6), también en relación con la Disposición Derogatoria Única del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo (BOE del 26), regulan y establecen las fiestas laborales de ámbito nacional, de carácter retribuido y no recuperable y facultan a las Comunidades Autónomas a sustituir determinadas fiestas laborales de ámbito nacional por otras que por tradición les sean propias.
El Decreto 32/2016, de 15 de septiembre (BOCyL n.º 181 de 19 de septiembre -Corrección de errores BOCyL de 03/10/2016-) de la Junta de Castilla y León -Consejería de Empleo-, establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 2017. Por otra parte, el artículo 46 del Real Decreto 2001/83, precitado, señala que serán también inhábiles para el trabajo, retribuidas y no recuperables hasta dos días de cada año natural con carácter de fiestas locales que por tradición le sean propias en cada municipio, determinándose por la autoridad laboral competente a propuesta del Pleno del Ayuntamiento correspondiente.
Por todo lo expuesto, esta Oficina Territorial de Trabajo acuerda:
- Primero: Determinar como fiestas locales de Zamora capital y su provincia, para el año 2017, las reflejadas en el Anexo I de la presente resolución, cuyos días tendrán carácter retribuido y no recuperable.
- Segundo: Disponer su publicación en el Boletin Oficial de la Provincia de Zamora.
Zamora,1 de diciembre de 2016.-La Jefe de la Oficina Territorial de Trabajo, María L. Villar Rodríguez.
ANEXO I
Fiestas laborales en el ámbito territorial de esta provincia de Zamora para el año 2017, de carácter retribuido y no recuperable, conforme a lo previsto en el artí- culo 37.2, del Real Decreto Legislativo 2/2015 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983 y Decreto 32/2016, de 15 de septiembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se establece el calendario de fiestas laborales en el ámbito de esta comunidad.
2 de enero Por traslado del día 1, Año Nuevo.
6 de enero Epifanía del Señor.
13 de abril Jueves Santo.
14 de abril Viernes Santo.
24 de abril Por traslado del día 23, Fiesta de la Comunidad Autónoma
1 de mayo Fiesta del Trabajo.
15 de agosto Asunción de la Virgen.
12 de octubre Fiesta Nacional de España.
1 de noviembre Todos los Santos.
6 de diciembre Día de la Constitución Española.
8 de diciembre Inmaculada Concepción.
25 de diciembre Natividad del Señor.
PUEBLICA DE VALVERDE:
23 de enero San Vicente
2 de octubre Virgen del Rosario
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