miércoles, 22 de enero de 2020

ELCOTO

 Administración Autonómica

 JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN 
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ZAMORA
 SERVICIO TERRITORIAL DE MEDIO AMBIENTE 



Anuncio de información pública de expediente del procedimiento de prorroga del coto de caza ZA-10679 En este Servicio Territorial se encuentra en tramitación expediente de la prórroga del coto privado de caza ZA-10679, denominado “El Cerezal”, iniciado a instancia de Club Deportivo El Cerezal. 

El objeto del referido expediente es el procedimiento de prórroga del coto de caza situado en el término municipal de Pueblica de Valverde en la provincia de Zamora, con una superficie de 1.454,19 hectáreas.

Lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Decreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el Título IV "De los terrenos", de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León, haciendo constar que el referido expediente se encontrará a disposición de cualquier persona que desee examinarlo y, en su caso, formular alegaciones durante el plazo de veinte días hábiles desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del presente anuncio, en las Oficinas del Servicio Territorial de Medio Ambiente (Sección de Caza y Pesca), C/ Leopoldo Alas Clarín, 4 - 49018 Zamora. 

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA N.º 8 - MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2020

martes, 21 de enero de 2020

OTRA VEZ LAS TELES





Conoce los plazos para el cambio de frecuencias de la TDT en tu municipio

¿Cuándo se producirá la adaptación digital en tu localidad? Aquí tienes el listado de localidades de la provincia de Zamora, incluida la capital, con todas las fechas previstas por áreas geográficas.

Área geográfica de León Este:

Municipios en los que el cambio de frecuencias comienza el 17 de febrero de 2020

Arrabalde
Bretó
Bretocino
Burganes de Valverde
Coomonte
Friera de Valverde
Fuentes de Ropel
Matilla de Arzón
Micereces de Tera
Morales de Rey
Morales de Valverde
Navianos de Valverde
Pueblica de Valverde
San Cristóbal de Entreviñas
San Miguel del Valle
Santa María de la Vega
Santa María de Valverde
Valdescorriel
Villaferrueña
Villaveza del Agua
Villaveza de Valverde


¿Qué es el Segundo Dividendo Digital?

El cambio de frecuencias de la TDT se produce a consecuencia del llamado Segundo Dividendo Digital, por el que se debe liberar antes del 30 de junio de 2020, por mandato europeo, la banda de 700 MHz del espectro radioeléctrico para permitir el despliegue de futuras redes de telecomunicaciones 5G. Este proceso no implicará la aparición ni desaparición de canales de televisión -simplemente se desplazan de frecuencias-. Tampoco supondrá la obsolescencia de televisores ni descodificadores TDT.
Se mantiene así la apuesta por situar a España entre los países líderes en el desarrollo de la tecnología 5G, que impulsará la competitividad del tejido empresarial y facilitará la aparición de innovaciones disruptivas.

martes, 12 de noviembre de 2019

TARIFAS DEL AGUA 2020


 www.diputaciondezamora.es

- BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA -
 D.L. ZA/1-1958 R-201902907 I. 

Administración del Estado

 MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO, O.A. DIRECCIÓN TÉCNICA 

Tarifa de utilización del agua correspondiente a la Junta de Explotación del Tera - año 2020

 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 114.2 y sucesivos del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por R.D. Legislativo 1/2001, de 20 de julio, se han calculado las cantidades para obtener la tarifa, que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril, estos valores serán incrementados con el Canon de Regulación correspondiente al río Tera, o sus correspondientes equivalencias, habiendo resultado los siguientes valores: 

12C44 - Canal del Tera (margen derecha)

Regadíos .......................................... 44,18 €/Ha.
Abastecimientos ............................... 239,01 €/Litro/seg.
Usos Industriales .............................. 4,42 €/CV.
Otros usos Industriales ..................... 239,01 €/Litro/seg.
Industrias con Refrigeración ............. 11,05 €/Litro/seg.
Piscifactorías .................................... 6,63 €/Litro/seg.
Molinos ............................................. 0,44 €/Litro/seg.

TÉRMINOS MUNICIPALES AFECTADOS Arcos de la Polvorosa, Bretocino, Burganes de Valverde, Calzadilla de Tera, Melgar de Tera, Miceres de Tera, Milles de la Polvorosa, Morales de Valverde, Navianos de Valverde, Pueblica de Valverde, San Pedro de Zamudia, Santa Croya de Tera, Santa María de Valverde, Santibáñez de Tera, Vega de Tera, Villanázar, Villanueva de la Peras, Villaveza de Valverde. 


CONDICIONES DE APLICACIÓN 

1.ª- Estas tarifas por ha. y única en cada zona, para toda clase de cultivos, se aplican a toda la superficie incluida dentro de cada una de las zonas regables detalladas, que sea apta para riego y esté dominada por acequias primarias, aunque no se utilice el agua. 

2.ª- En los casos en que la liquidación se efectúe individualmente por parte de la Confederación Hidrográfica del Duero, se establecerá un mínimo de 6,01 € por liquidación cuando resulte un valor inferior al aplicar la Tarifa. 

3.ª- Las liquidaciones que se practiquen (tarifa + canon) se incrementarán, cuando proceda, con la Tasa por explotación de obras y servicios. 

4.ª- La propuesta de esta Tarifa, ha sido presentada en la Junta de Explotación del Tera celebrada en Ayto. de Navianos de Valverde (Zamora), el día 28 de octubre de 2019. 

5.ª- Los estudios y justificaciones de estas tarifas obra en poder de los representantes de los regantes y pueden examinarse en el Área de Explotación de la Confederación Hidrográfica del Duero.

 En el cálculo de los mismos se han tenido en cuenta las aportaciones de los fondos europeos a las infraestructuras hidráulicas del Estado en el marco territorial de los programas operativos de Castilla y León (periodos 1994-1999 y 2000-2006) de acuerdo con los criterios establecidos en la resolución de la Presidencia de 14 de septiembre de 2016, corregida por otra de 20 de septiembre de 2016, cuyo contenido íntegro puede consultarse en la página web del organismo (http://www.chduero.es). 

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, para que durante el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados pueden presentar, dentro de dicho plazo, las reclamaciones que estimen oportunas en el Registro General de la Confederación Hidrográfica del Duero, C/ Muro, 5, Valladolid, o cualquiera de las Dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27-11-92). 

Valladolid, 6 de noviembre de 2019.-El Director Técnico, Gonzalo Gutiérrez