lunes, 30 de noviembre de 2015

AHORA LOS CAMINOS



III. Administración Local
 AYUNTAMIENTO PUEBLICA DE VALVERDE 

Anuncio de aprobación inicial 
El Pleno del Ayuntamiento de Pueblica de Valverde, en sesión extraordinaria celebrada el día 24 de noviembre de 2015, acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza municipal y reglamento para la conservación de caminos rurales y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el art. 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas. 
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo. 
Pueblica de Valverde, 24 de noviembre de 2015.-El Alcalde

Ahora los caminos. La última vez que nuestro anterior y dimitido Alcalde acometió el asunto, hizo destrozos de todo tipo; algunos auténticos delitos ecológicos recogidos en el Codigo Penal (Todavía quedan restos de los árboles, arbustos y caminos que pudo machacar) Eso sin contar la leña que se produjo en todo el proceso y las especiales circunstancias de aprovechamiento de este recurso y su singularidad en la adjudicación y venta. 







SOBRA DE AQUI FALTA DE ALLA




III. Administración Local 
AYUNTAMIENTO PUEBLICA DE VALVERDE 
Anuncio de aprobación inicial 

Habiéndose acordado por el Pleno del Ayuntamiento de Pueblica de Valverde, en sesión extraordinaria celebrada el día 24 de noviembre de 2015, la aprobación inicial del expediente de modificación de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal n.° 5/2015 del presupuesto en vigor, se expone al público dicho expediente por espacio de quince días, a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, durante los cuales los interesados podrán examinar y presentar reclamaciones conforme a lo dispuesto en el artículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. 
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

 Pueblica de Valverde, 24 de noviembre de 2015.-El Alcalde. 

Sobra de un sitio, falta de otros, esto cada vez se entiende peor. Y no es la primera modificación presupuestaria que se hace en poco tiempo ¿Quién hace los presupuestos? ¿Quíenes los modifican y porqué? Desde luego la imagen que se da no es de seriedad y coherencia. Máxime cuando es el mismo partido el que estaba antes y ahora.



jueves, 26 de noviembre de 2015

PARA LA RECAUDACION SI QUE SON EFICIENTES



III. Administración Local 
AYUNTAMIENTO PUEBLICA DE VALVERDE

 Anuncio de aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles 

Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo del Ayuntamiento de Pueblica de Valverde (Zamora) de fecha 24 de septiembre de 2015, referido a la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles sin que se haya presentado ninguna reclamación, una vez transcurrido el plazo de exposición pública dicho acuerdo se eleva a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mareo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, publicándose el texto íntegro de modificación de la ordenanza fiscal referida, tal y como figura en el anexo de este anuncio. 
Contra este acuerdo, elevado a definitivo, y su respectiva ordenanza podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en Zamora, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicho acuerdo y del texto íntegro de la modificación de la ordenanza en el Boletín Oficial de la Provincia.

 ANEXO I

 Artículo 14. 

El tipo de gravamen será: 
a) Para los inmuebles urbanos el 0,385%. 

El resto del artículo 14 no se modifica. 

Pueblica de Valverde, 17 de noviembre de 2015.-El Alcalde.

 www.diputaciondezamora.es

La actual ordenanza fiscal actualizada en el 2011 era:

ANEXO I 
Artículo 14. 
El tipo de gravamen será:

 a) Para los inmuebles urbanos, el 0,45 por 100. 
b) Para los inmuebles rústicos, el 0,60 por 100.

 Pueblica de Valverde, 20 de diciembre de 2011.-El Alcalde. 


AQUI TODOS PAGAMOS.


III. Administración Local
 AYUNTAMIENTO PUEBLICA DE VALVERDE 

Anuncio
Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo del Ayuntamiento de Pueblica de Valverde (Zamora) de fecha 24 de septiembre de 2015, referido a la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de cementerio municipal sin que se haya presentado ninguna reclamación, una vez transcurrido el plazo de exposición pública dicho acuerdo se eleva a definitivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, publicándose el texto íntegro de modificación de la ordenanza fiscal referida, tal y como figura en el anexo de este anuncio.

 Contra este acuerdo, elevado a definitivo, y su respectiva ordenanza podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en Zamora, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicho acuerdo y del texto íntegro de la modificación de la Ordenanza en el Boletín Oficial de la Provincia. 

ANEXO I

 MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE CEMENTERIO MUNICIPAL 

Artículo 1.
 Fundamento legal y naturaleza. En uso de las facultades contenidas en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 27 y 57 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, esta ordenanza regula la tasa por la utilización del servicio de cementerio del municipio.

 Artículo 2. 
Hecho imponible.
 Constituye el hecho imponible de la tasa la asignación de los derechos funerarios sobre sepulturas, nichos y columbarios mediante la expedición de los correspondientes títulos funerarios. 

Artículo 3. 
Sujeto pasivo. 
Son sujetos pasivos los titulares del derecho funerario. 

Artículo 4. 
Responsables. Responderán de la deuda tributaria los deudores principales junto con otras personas o entidades. A estos efectos se considerarán deudores principales los obligados tributarios del apartado 2 del artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. 

Salvo precepto legal expreso en contrario, la responsabilidad será siempre subsidiaria. En relación a la responsabilidad solidaria y subsidiaria de la deuda tributaria se remite, respectivamente, a los artículos 42 y 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. 

Artículo 5. 
Cuota. La cantidad a liquidar y exigir, en concepto de cuota tributaria, se obtendrá por aplicación de la siguiente tarifa: a) Nichos concesión por 75 años: 690,00 euros. b) Columbario concesión por 75 años para depósito inmediato de cenizas: 250,00 euros. c) Sepulturas concesión por 75 años del terreno para foso: 70,00 euros. 

Artículo 6. 
Devengo.  La tasa se devengará desde el mismo momento en que se solicite la asignación de derechos que se pretende, que es cuando nace la obligación de contribuir. 

Artículo 7. 
Auto liquidación e ingreso. Los sujetos pasivos de la tasa estarán obligados a practicar operaciones de autoliquidación tributaria y a realizar el ingreso de su importe en la cuenta bancaria de titularidad del Ayuntamiento de Pueblica de Valverde que le sea indicada.

Artículo 8. 
Exigencia del pago de recibos. Para aquellas cuotas y recibos que no puedan cobrarse, se aplicará lo establecido a estos efectos en el Reglamento General de Recaudación. 

Artículo 9. Infracciones y sanciones. En cuanto a infracciones y sanciones, se aplicará la Ley 58/20Q3, de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 y siguientes, y las disposiciones que la desarrollan. 

Disposición final única. La presente ordenanza, que fue aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 24 de septiembre de 2015, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa.

 Pueblica de Valverde, 17 de noviembre de 2015.-El Alcalde.
 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA 
www.diputaciondezamora.es 


Esto se publica en el Boletín de la provincia del día 25 de noviembre.

miércoles, 25 de noviembre de 2015

TEMPORADA DE SETAS

La "angula de monte" y la "trompeta negra" animan la campaña micológica

La recogida de setas anima los contratos laborales en la zona, sobre todo para limpiado y selección de hongos

Resultado de imagen de angula de monte

La llegada de las heladas y las bajas temperaturas hacen disminuir la aparición de setas. No obstante ayer volvía el sol y los recolectores volvieron a salir al campo en busca del preciado manjar para el consumo propio o para ganarse unos euros.

Con la llegada del frío una de las protagonistas está siendo la Cantharellus cibarius, también conocida a nivel popular como "cabrilla" y "rebozuelo" o "angula de monte" la cual se está pagando, ayer, a 8 euros el kilo. Está considerada a nivel de comestibilidad como "excelente". Otra seta propia de estos días es la Craterellus cornucopioides también conocida como "trompeta de los muertos" o "trompeta negra", de sabor dulce, que se comercializa a 6 euros el kilo.

Otro atractivo está siendo la "babosilla", cotizada a solo 2,50 euros. La campaña del boletus edulis prácticamente ha llegado a su fin y la alternativa es el pinícola, que se mantiene a 15 euros gracias a la oferta (hay pocos) y la demanda (es muy cotizado en los mejores restaurantes).

Las plantas micológicas de recogida y comercialización de la zona ubicadas en San Vitero, Rabanales y Fradellos siguen desarrollando una intensa labor que aparte de facilitar la compra a los recolectores, contribuye a la creación de empleo, aunque sea temporal, contratando a numerosas mujeres para la limpieza y empaquetados de las apreciadas setas alistanas.

miércoles, 18 de noviembre de 2015

ESCUELA DE FOLCLORE DE TABARA


La escuela de folclore de Tábara reúne a alumnos de 11 localidades
La participación de menores garantiza la supervivencia de tradiciones locales como la danza del paloteo




Alumnos de la escuela de folclore de Tábara.

 La escuela de folclore "Tierra de Tábara", gestionada por la asociación cultural "La Folguera", ha iniciado un nuevo curso con 120 matrículas, -el número de alumnos ronda la mitad ya que muchos están inscritos en varias asignaturas-, destacando que entre los participantes el 70% son menores de 20 años. "Esto garantiza la transmisión de la cultura tradicional de nuestros mayores hacia la siguiente generación" señala Carlos Fresno.

El alumnado procede de once poblaciones: Benavente, Fariza de Sayago, Ferreras de Abajo, Ferreruela, Ferreras de Arriba, Sesnández, Tábara, Valcabado, Villanueva de Valrojo y Villardeciervos. La villa y anfitriona es la que más alumnos aporta, 26, más del 50% del total.

En este curso la percusión suma el mayor número de matrículas, 32, seguido de danza del paloteo con 22 y los bailes tradicionales con 19. Pandereta y canto suman 12, gaita de fole 7 y flauta y tamboril 4. El profesorado esta formado por el folclorista de Carbajales de Alba, Alfredo Domínguez (dulzaina, gaita, flauta y tamboril), Manuel Calvo (gaita y dulzaina), Sofía Gago (percusión), Rocío Bartolomé (bailes) y Carlos Fresno (paloteo). La escuela de folclore, tras 12 cursos, afronta el décimo tercero con ilusión en colaboración con el Ayuntamiento de Tábara y el Consorcio de Fomento Musical. Las clases se desarrollan los sábados de 16.30 a 19.30 horas.

Una de las bondades de la escuela de folclore es la recuperación y mantenimiento, muy en particular entre los niños y adolescentes de la ancestral danza de paloteo tabaresa, con grupos estables que garantiza su supervivencia a corto y medio plazo.

Enhorabuena a Carlos como siempre trabajando para y por nuestra tierra.


jueves, 12 de noviembre de 2015

DE MI CAPA UN SAYO

IV. Administración de Justicia 
JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL DE ZAMORA 

Edicto Doña Isabel Santos Borlán, Secretaria de la Junta Electoral Provincial de Zamora, hago saber que:

Recibidos, en esta Junta Electoral Provincial de Zamora, de las Juntas Electorales de Zona, la relación de locales oficiales y lugares públicos gratuitos para la celebración de la campaña electoral en las próximas Elecciones Generales a celebrar el día 20 de diciembre de 2015, por acuerdo de esta Junta Electoral y en cumplimiento de lo establecido en el art. 57 de la LOREG, se hace pública dicha relación en el Boletín Oficial de la Provincia, expidiéndose el presente edicto. 

Zamora, 9 de noviembre de 2015.-

La Secretaria de la Junta Electoral Provincial. 

...///...

Se vende. Horrible y antiestética pintada.
33. Por parte del AYUNTAMIENTO DE PUEBLICA DE VALVERDE, en relación con los locales oficiales y lugares que se reservan para la realización gratuita de actos de campaña electoral, se señalan:
- SALÓN DE REUNIONES DEL AYUNTAMIENTO DE PUEBLICA DE VALVERDE, C/ Morales, 11 de Lunes a Sábados de 20:00 a 22:00 horas.

33. Por parte del AYUNTAMIENTO DE PUEBLICA DE VALVERDE, en relación con los emplazamientos disponibles para la colocación gratuita de carteles, se reserva: 

- Farolas: Todas las farolas de alumbrado público del municipio 

- Tablones de anuncios: Ayuntamiento. C/ Morales, 11, Pueblica de Valverde


Dicen que algún vecino descontento. No hay razón para actuar así.
Además de los lugares oficiales que son estos publicados hoy en el BOP, hay quienes se anuncian de las formas más estridentes. Es el caso de las fotos anteriores, donde algún vecino se ha permitido deslucir y afear un espacio público de la forma más antiestética posible. Sería bueno saber que va a disponer el Ayuntamiento y que medidas piensa tomar para que esta situación se corrija y no se repita.
 


lunes, 9 de noviembre de 2015

¿PARA MEJORAR O PARA SEGUIR CHAPUCEANDO?


www.diputaciondezamora.es 

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA D.L. ZA/1-1958 N.º 135 - 
VIERNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2015


III. Administración Local

 AYUNTAMIENTO PUEBLICA DE VALVERDE
 Anuncio de aprobación definitiva



En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 24 de septiembre de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 4/2015, del presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente de Tesorería para gastos generales, que se hace público con el siguiente contenido: 

Los importes aplicados a los diferentes destinos en base al informe de Intervención son: 

1.º Financiar inversiones siempre que a lo largo de la vida útil de la inversión ésta sea financieramente sostenible, por la cantidad de 19.007,51 euros.
 El resumen de las aplicaciones presupuestarias a las que se destinará el superávit presupuestario según lo establecido en el apartado anterior será el siguiente: 
Altas en aplicaciones de gastos 
Aplicación presupuestaría Descripción 161 619.00 

Abastecimiento de agua potable 19.007,51 € inversiones reposición infraestructuras 
Total gastos 19.007,51 € 

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado. 

Pueblica de Valverde, 22 de octubre de 2015.-El Alcalde.



Nota del autor:
Con suerte hasta se terminan los problemas de gestión, instalaciones y abastecimiento de los últimos veranos. 



miércoles, 4 de noviembre de 2015

MORALES DE VALVERDE


Morales de Valverde abre una exposición de setas de la zona

El colectivo micológico "Las Pozas" organiza varias salidas al campo

Las especies recolectadas en la exposición.

Con el lema: "conocer para no confundir", la asociación cultural micológica "Las Pozas" de Morales de Valverde organiza en esta localidad una muestra expositiva de setas.

Integrantes de este colectivo cultural, creado a raíz de la exposición sobre setas realizada el pasado año, han programado para anteayer y ayer lunes la muestra expositiva con giras previas al campo, desde el pasado viernes, para la recogida de especies.

En el local del edificio de usos múltiples de Morales de Valverde, los vecinos han podido informarse de las setas y hongos que se producen en los montes y campos de la zona, tanto de las comestibles como de las tóxicas o venenosas. La organización ha mostrado ante sus convecinos una delicada y variada muestra explicativa de especies acompañadas con muestra de ejemplares arbóreos donde se producen cada una de las setas y hongos.